Desde del 1 de junio de 2013, es obligatorio disponer del Certificado Energético (CEE) para vender o alquilar vivienda (residencial), local u oficina (terciario).
Desde el consejo europeo se fijan los objetivos de reducción de emisiones de efecto invernadero según se informa en el Ministerio de Transición Ecológica y Reto demográfico.
Se establecen los siguientes hoizontes u objetivos
Horizonte 2030
Los objetivos de reducción de emisiones a 2030 fueron recogidos en un primer momento en las Conclusiones del Consejo Europeo de octubre de 2014. En éstas se aprobó el Marco de Políticas de Energía y Cambio Climático 2021-2030 (“Marco 2030”). Posteriormente, el acuerdo del Consejo Europeo celebrado en Diciembre de 2020 incrementa la ambición climática. Los principales objetivos de dicho Marco 2030 son:
- Un objetivo vinculante para la UE en 2030 de, al menos, un 55% menos de emisiones de gases de efecto invernadero en comparación con 1990.
- Un objetivo vinculante para la UE en 2030 de, al menos, un 32% de energías renovables en el consumo de energía.
- Un objetivo indicativo para la UE en 2030 de, al menos, un 32,5% de mejora de la eficiencia energética.
- La consecución del objetivo de interconexiones de electricidad del 15% en 2030.
Horizonte 2050
En 2011 la Comunicación de la Comisión Europea sobre una Hoja de ruta hacia una economía baja en carbono y competitiva en 2050 daba indicaciones de cómo la Unión Europea debía reducir sus emisiones un 80% por debajo de los niveles de 1990 a través de reducciones domésticas. En 2018, a través de la Comunicación de la Comisión Europea sobre “Un planeta limpio para todos. La visión estratégica europea a largo plazo de una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra” y de la propuesta de la Comisión de marzo de 2020 de la Ley del clima Europea se establece el marco para alcanzar la neutralidad climática de la Unión Europea en 2050
Preguntas frecuentes
¿Para qué sirve el Certificado Energético?
El Certificado sirve para conocer la calificación de nuestro edificio, o una parte del mismo (vivienda, local, oficina), en términos de dióxiodo de carbono (CO2) liberado a la atmósfera como consecuencia del consumo energético del mismo. Para facilitar la interpretación de la calificación se establece un código de letras y colores, desde la mayor eficiencia (menor consumo) con la A (verde) hasta la menor eficiencia (mayor consumo) G (rojo).
¿Qué documentos se entregan?
Consta de tres partes: 1ª El certificado propiamente dicho con la identificación, la firma del técnico y la calificación energética obtenida. 2ª Formada por una serie de anexos con las características del edificio, calificación energética por emisiones, consumo y demanada, pruebas e inspecciones, y el más importante un anexo con las recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética.
3ª La etiqueta energética que en la Cdad de Madrid se obtiene al registrar el Certificado.
¿Cuándo hay que solicitarlo?
Según el Real Decreto 235/2013 en el art 12.2, «la etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio». Se debe solicitar antes de publicar la venta o arrendamiento del inmueble.
¿Cuál es el procedimiento para obtener el Certificado Energético?
Paso 1: Aprobación del presupuesto previa solicitud del mismo.
Paso 2: Visita del técnico para la toma de datos.
Paso 3: Elaboración del certificado en oficina técnica.
Paso 4: Registro telemático en la consejería de industria de la Cdad. de Madrid.
Paso 5: Entrega del certificado energético firmado y la Etiqueta Energética.
¿Qué sanciones hay por infracciones en materia de Eficiencia Energética?
Según ley 8/2013 :
Disposición adicional cuarta. Sanciones en materia de certificación energética de edificios y graduación. a) Las infracciones leves, con multa de 300 a 600 euros. b) Las infracciones graves, con multa de 601 a 1.000 euros. c) Las infracciones muy graves, con multa de 1.001 a 6.000 euros.
Algunos ejemplos de infracciones leves:
*Publicitar venta o alquiler sin hacer mención a su calificación de eficiencia energética
*La expedición de certificados de eficiencia energética que no incluyan la información mínima exigida
Algunos ejemplos de infracciones graves:
*Exhibición de una etiqueta que no se corresponda con el certificado de eficiencia energética válidamente emitido, registrado y en vigor.
*Vender o alquilar un inmueble sin que el vendedor o arrendador entregue el certificado de eficiencia energética, válido, registrado y en vigor, al comprador o arrendatario.
Algunos ejemplos de infracciones muy graves:
*Falsear la información en la expedición o registro de certificados
*Actuar como técnico certificador sin reunir los requisitos legalmente exigidos
*Publicitar en la venta o alquiler de edificios o parte de edificios, una calificación de eficiencia energética que no esté respaldada por un certificado en vigor debidamente registrado
Para completar la información pueden visitar los siguientes enlaces:
www.certificadosenergeticos.com